Hace referencia como instalación eléctrica de distribución todo conjunto de aparatos y de circuitos asociados para transporte y transformación de la energía eléctrica cuyas tensiones nominales sean iguales o superiores a 120 V y menores de 57.5 kV.
Hace referencia como instalación eléctrica de distribución todo conjunto de aparatos y de circuitos asociados para transporte y transformación de la energía eléctrica cuyas tensiones nominales sean iguales o superiores a 120 V y menores de 57.5 kV.
Un sistema de distribución consta de:
El ORGANISMO COLOMBIANO DE CERTIFICACIÓN RETIE S.A.S. tiene como compromiso el mejoramiento continuo por medio de talento humano competente e idóneo que permita mantener en un nivel óptimo la prestación del servicio, declarando su actuar bajo los parámetros de imparcialidad, integridad, independencia y confidencialidad.
El RETIE (Reglamento técnico de instalaciones eléctricas) es un documento técnico-legal para Colombia expedido por el ministerio de Minas y energía. Esta muestra los principales parámetros a tener en cuenta para que una instalación eléctrica sea lo más segura posible, no es una guía de diseño eléctrico y es de obligatorio cumplimiento en este país. Adicionalmente, tiene como anexo general la norma NTC 2050 que indica el código Eléctrico Colombiano vigente desde noviembre del año 1998
El objeto fundamental de este reglamento es establecer las medidas tendientes a:
Adicionalmente, señala las exigencias y especificaciones que garanticen la seguridad de las instalaciones eléctricas con base en su buen funcionamiento; la confiabilidad, calidad y adecuada utilización de los productos y equipos, es decir, fija los parámetros mínimos de seguridad para las instalaciones eléctricas.
Proceso de certificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el RETIE a una instalación eléctrica, el cual consiste en la declaración de cumplimiento suscrita por el profesional competente responsable de la construcción de la instalación, acompañada del aval de cumplimiento mediante un dictamen de inspección, previa realización de la inspección de comprobación efectuada por inspector(es) de un organismo de inspección debidamente acreditado.